La entidad es una asociación regida por sus Estatutos y subsidiariamente por la Ley de Asociaciones, nacional y de la Comunidad Valenciana.
No es de aplicación la Ley de Propiedad Horizontal, al no tratarse de una comunidad de vecinos.
Además como cualquier entidad esta obligada a cumplir mucha legislación, como la relativa a Protección de Datos, Prevención de Blanqueo de Capitales o normativa Sanitaria relacionada con la actividad de gestión y distribución de agua de consumo humano.
Aunque la entidad es una asociación sin animo de lucro, realiza la actividad económica de distribución de agua.
Encargándose de su potabilización y distribución del agua en la Urbanización LLoma Molina.
Las entidades sin animo de lucro, no solo pueden, deben tener beneficios (lo contrario seria tener perdidas), pero no pueden distribuir el mismo y debe ser aplicado al objeto social de la entidad.
El posible beneficio de la Asociación LLoma Molina, puede ser destinado a las mejoras de la red de distribución del agua, a realizar actividades, etc.
Al realizar una actividad económica como distribuidor de agua, esta obligada a presentar declaraciones de I.V.A. y del Impuesto de Sociedades como parcialmente exenta, pagando solo por el beneficio de la actividad económica.
Conforme a los estatutos de la entidad, los mandatos tienen una duración de DOS AÑOS.
La entidad cuenta con un plan de Autocontrol de Abastecimiento y Gestión del Agua, cumpliendo todas las normativas sanitarias.
Diariamente se realiza análisis de los niveles de Cloro y trimestralmente análisis de la calidad del agua por Laboratorio autorizado.
Los Servicios de Salud de Alzira realizan inspecciones periódicas y se les informa mensualmente de los análisis.
La entidad forma parte (tiene participaciones) en la Comunidad de Regantes de La Nevera, lo que permite disponer de autorización de la Confederación Hidrográfica del Júcar para disponer de agua procedente de los pozos de esta La Nevera.
El EPSAR (La Entidad Publica de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana) es la encargada de gestionar la explotación de las instalaciones y ejecutar las obras de saneamiento y de depuración que la Administración de la Generalitat Valenciana.
Para ello establece una cuota fija por usuario en función de la poblacion y una cuota variable en función de los metros cúbicos de agua consumida, que estamos obligados a repercutir en las facturas que le emitamos.
Conforme establece la legislación, los contadores son de la entidad.
Usted puede solicitar que se verifique su contador por un organismo oficial, pero en caso de estar correcto, deberá asumir el coste.
Los socios no tienen participaciones o acciones de la Comunidad de Regantes, es la propia asociación quien es titular de las participaciones y el Presidente de la Asociación es quien representa a los socios en los órganos de gobierno de la Comunidad de Regantes.
Al comprar un inmueble en la Urbanización Lloma Molina, debe comunicar el cambio de titularidad para poder disponer de suministro de agua.
El vendedor debe solicitar un certificado de no deuda con la entidad.
No es obligatorio ser socio para contar con suministro de agua.
Pero el precio establecido será mayor si usted no es socio.
Debido a las características de la entidad, el propietario es el responsable del pago de los consumos de agua, aunque se puede emitir facturas y domiciliar a nombre del inquilino, el propietario ha de firmar un documento haciéndose responsable del pago, si el inquilino no paga.